REQUISITOS QUE SE DEBERAN CUMPLIR PARA SOLICITAR LOS “CERTIFICADOS DE APORTES SINDICALES Y LIBRE CONFLICTO GREMIAL”
Para tramitar los CERTIFICADOS DE APORTES SINDICALES Y LIBRE CONFLICTO GREMIAL las empresas, que prestan el Servicio de Transporte Automotor de Cargas Generales,
Logística y Servicios; deberán acreditar ante este Sindicato la siguiente documentación laboral, provisional, de la Seguridad Social
y Sindical de todos sus Trabajadores Dependientes, a saber:
1.- Nota con membrete de la empresa firmada por el
Titular de la misma o su representante legal debidamente acreditado, número de CUIT y Constancia de Inscripción en AFIP, domicilio y número de teléfono de empresa y de los Trabajadores Dependientes.
Debiendo especificar ante que empresa deberá presentar los Certificados peticionados.
2.- Copia Certificada de la Planilla de Personal (Ley 11.544 y Decr. Regl. 16.115/33).
3.- Original del Libro de Remuneraciones (art. 52 LCT), por los últimos seis (6) meses o por el período de desarrollo actividades si éste fuere menor a seis (6) meses.
4.- Original de Planilla de Contralor de Kilometraje (Ítem 4.2.15. CCT 40/89) debidamente Rubricada por la Autoridad de Aplicación (DPT) por cada trabajador Conductor Camionero de Larga Distancia ,
por los seis (6) últimos meses o por el período trabajado si éste fuere menor.
5.- Original de Recibos de Haberes de todos los trabajadores dependientes, por los seis (6) últimos meses o por el período trabajado si éste fuere menor.
6.- Original de Constancia de Pago Bancario de los Haberes (Resolución Nº 360/01 M.T.E. y S.S.N.) de todos los trabajadores dependientes, por los seis (6) últimos meses.
7.- Original de Constancia de Inscripción de cada trabajador dependiente en el Registro Único de Personal (art. 7º inc. b) y art. 18º inc. b) de la Ley 24.013 o art. 84º y conc. de la Ley 24.467).
8.- Original de Constancia del pago de los últimos seis (6) meses por Obra Social, con F931 de A.F.I.P., y detalle del personal declarado específicamente y por Obra Social de los mismos,
en caso de contar con otra Obra Social además de CONDUCTORES CAMIONEROS Código 103204, correspondiente al ultimo mes.
9.- Copia de Constancia del pago de los últimos seis (6) meses de Aportes Sindicales a este Sindicato y a nuestra Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios.
10.- Original de los comprobantes de la entrega de la Ropa de Trabajo (ítem 3.6.1 del CCT 40/89) de todos los trabajadores dependientes, sea de verano (antes del 31 de Octubre de cada año)
e invierno (antes del 30 de Abril de cada año).
* NOTA: Las empresas que soliciten POR PRIMERA VEZ los Certificados de Aportes Sindicales y Libre Conflicto Gremial, deberán acreditar
ante este Sindicato la Documentación Laboral, Previsional, de la Seguridad Social
y Sindical de todos sus Trabajadores Dependientes por los últimos 24 (veinticuatro) meses o por el período trabajado si éste fuere menor.
Se les hace saber a las empresas que soliciten
dichos Certificados que la documentación que acompañen a la nota de requerimiento;
quedará a disposición de las mismas en esta entidad sindical para su restitución
al firmante de la nota, luego de transcurrido el plazo de treinta (30) días corridos de
presentada dicha documentación o al momento de entregarse al firmante de la nota,
si correspondiere, las Certificaciones requeridas.
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